martes, 15 de marzo de 2011

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Ley de Arrendamientos Inmobiliarios

 EL UNIVERSAL
martes 15 de marzo de 2011  12:00 AM
 
El proyecto de reforma de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios condiciona los desalojos de las viviendas. Las familias podrán dejar las unidades cuando la Dirección de Inquilinato les asigne nuevos apartamentos en los desarrollos que estén haciendo el Estado o los privados.

La propuesta, elaborada por las organizaciones que agrupan a los inquilinos, detalla que "la prórroga arrendaticia (plazo para abandonar el inmueble) será el tiempo que demore Inquilinato en dar al arrendatario una nueva solución, de aquellas que construya el Estado o de aquellas que los privados por obligatoriedad de la Ley, tengan a bien entregar en arrendamiento".


Esa disposición dista de lo previsto en la Ley de Alquileres vigente, que señala que la prórroga que tienen los inquilinos para desalojar las viviendas oscila entre seis meses y tres años, plazo que se aplica según los años de contrato.


El presidente de la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos (Apiur), Roberto Orta explica que la prórroga legal es una figura que otorga a los propietarios e inquilinos, la certeza de la fecha de entrega del inmueble, pero comenta que el artículo previsto "quita validez a toda sentencia".


"La ejecución del desalojo dependerá al final de una decisión del Ejecutivo, y por lo tanto el inquilino se puede perpetuar en el inmueble". Agrega que esa disposición crea una situación similar a la generada por el Tribunal Supremo de Justicia, que el pasado mes de enero suspendió cualquier acto judicial sobre los inmuebles, lo que abarca demandas por desalojos y juicios por invasiones.


Incertidumbre


Para la organización la propuesta también genera inquietud sobre la propiedad. En el proyecto se ordena a los dueños de aquellas edificaciones que están destinadas al alquiler y que fueron construidas antes de 1987, a vender los apartamentos a los inquilinos en un lapso de 180 días, luego de la entrada en vigencia de la ley. Si los propietarios de los inmuebles no se presentan ante Inquilinato, esta instancia realizará la expropiación del bien.


Roberto Orta apunta que ello genera incertidumbre en las edificaciones mixtas, las que tienen apartamentos vendidos y alquilados. Expresa "con lo previsto en las disposiciones transitorias ¿qué sucederá con las familias que son propietarios en esos inmuebles mixtos?. Esas personas no podrán disponer de las viviendas".


Inamovilidad en conserjerías


El presidente de Asociación de Propietarios de Inmuebles, indica que adicionalmente el proyecto crea una inamovilidad laboral en las conserjerías.


El texto señala que "queda excluida del régimen de la ley la ocupación de vivienda, habitación o pensión que sean consecuencia o con ocasión de una relación laboral, exceptuándose los conserjes".


Para Orta "la inclusión de los conserjes en el ámbito de la ley busca perpetuar a éstos en las consejerías, ya que el conserje es un empleado y su relación laboral nada tiene que ver con un contrato de arrendamiento, su relación está regida por la Ley Orgánica del Trabajo y con ello se está autorizando una inamovilidad laboral especial". 


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