sábado, 26 de enero de 2013

Norma Constitucional poco cumplida como muchas!!!


C.R.B.V.
Artículo 82. Toda persona tiene derecho a una vivienda adecuada, segura, cómoda, higiénica, con servicios básicos esenciales que incluyan un hábitat que humanice las relaciones familiares, vecinales y comunitarias. La satisfacción progresiva de este derecho es obligación compartida entre los ciudadanos y ciudadanas y el Estado en todos sus ámbitos.

En el marco de la Gran Misión Vivienda se efectuó un registro y allí se inscribieron más de 3 millones de personas, lo cual demuestra que la demanda sigue siendo elevada.
Los constructores han indicado que para cubrir el crecimiento anual de déficit habitacional se deben hacer 200.000 viviendas cada año y para ello se requieren invertir anualmente cerca de 15,7 millardos de dólares, y esa inyección tiene que ser pública y privada.

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